lunes, 11 de febrero de 2008

Protección del Consumidor - Registro de mororos

La Ley de Protección
Ninguno de los gestores de los registros de morosos se hace responsable de los fallos o errores que puedan contener estos archivos (lo que no significa que efectivamente no lo sean) No obstante, la Ley protege al consumidor de los atropellos que se pueden consumar con este tipo de listados.

Cuando el Tribunal de Defensa de la Competencia da vía libre a un listado de morosos, sus responsables sólo pueden incluir en él los datos facilitados por los miembros de la asociación que lo ha promovido. Además, no están autorizados a registrar deudas morosas con acreedores no asociados ni ceder sus datos a terceros.

Según AUSBANC, con frecuencia estas condiciones no son respetadas.

La entrada en vigor, en octubre de 1992, de la Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal (LORTAD), que se ha venido a sumar a la Ley de Defensa de la Competencia -de julio de 1989-, supuso un paso importante en la historia y el funcionamiento de los registros de morosos.

Estas normas aportaron más claridad al oscuro panorama de un sector con grandes lagunas legislativas, provocadas unos años antes por el avance desmesurado de la informática. Entonces, las irregularidades eran una práctica habitual. Se dieron algunos casos en que los listados de morosos demostraron su capacidad para arruinar empresas por medio de la inclusión indebida de consejeros y otros directivos en sus archivos. Incluso también para excluir por tiempo indefinido a un individuo de la actividad mercantil, negándole colectivamente cualquier posibilidad de crédito.

Al día de hoy, y según AUSBANC, en nuestro país funcionan en la ilegalidad decenas de listados de morosidad que no cuentan con el permiso del Tribunal de Defensa de la Competencia.

Regularizar
Por medio de la LORTAD se creó la Agencia de Protección de Datos, un Ente Público independiente que nació para proteger al ciudadano del uso incorrecto de la informática dentro de las parcelas del honor y la intimidad personal.

Esta ley introdujo el término privacidad, un concepto mucho más extenso que el de intimidad. Gracias a ello, el afectado tiene derecho a acceder a los datos del fichero, rectificarlos o cancelarlos en caso de inexactitud. También se plantea la posibilidad de recibir una indemnización, siempre que proceda.

Pero, en la práctica, no todos los registros cumplen la Ley rigurosamente. Si bien para estos casos la LORTAD no establece supuestos de responsabilidad penal, sí lo hace el nuevo Código Penal, que regula y prevé la comisión de delitos cometidos a través de la informática. La APD se esfuerza por regularizar el sector.

Para el presidente del Tribunal de Defensa de la Competencia -TDC-, Amadeo Petitbó, estos listados cumplen una función de saneamiento y clarificación del tráfico mercantil.

La cuestión es que exista un equilibrio que satisfaga a todas las partes, en el que las empresas consigan tener un adecuado filtro que las defienda de los morosos y que quienes cumplan con sus obligaciones dinerarias tengan garantías de que su buen nombre permanecerá limpio.

0 comentarios:

Design konnio.com