martes, 12 de febrero de 2008

Advertencias y recomendaciones del Bando de España sobre las ofertas de “reunificar deudas”

Un ejemplo habitual de consolidación de deudas

“Sumamos los préstamos que tienes suscritos y los unimos en un Crédito Único. Podrás pagar menos cuota cada mes y disponer de más dinero para tus gastos extraordinarios, únicamente con la garantía de tu vivienda. Tan fácil como unir todos tus préstamos en uno sólo. Más dinero por menos cuota.”

- Es habitual que una familia media afronte, mensualmente, el pago de la cuota de la hipoteca de la casa, la del préstamo del coche, algún préstamo personal, así como la deuda por el saldo pendiente de la tarjeta de crédito, con la que se hace frente, a lo largo del mes, a numerosos pagos. El día pactado en los diferentes contratos, el banco cargará en la cuenta indicada la respectiva cuota.

- En los últimos meses han proliferado anuncios en los medios de ofreciendo reunificar todas las deudas y reducir el coste total de dichas financiaciones.

- Esta práctica de reunificación de deudas no es en absoluto novedosa. Los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito, desde siempre, ante riesgos de impago o problemas anunciados por sus deudores para hacer frente al cumplimiento de sus obligaciones, ofrecen alternativas a sus clientes para modificar las condiciones de pago pactadas y superar una dificultad sobrevenida a la hora de satisfacer sus diversos pagos.

- Sin embargo, lo más novedoso de esta práctica, es que las ofertas publicitarias de estas reunificaciones están siendo realizadas, en su mayor parte, por empresas que no son entidades bancarias. En general, la labor que realizan estas empresas es la de intermediar entre el cliente y las entidades bancarias donde se tienen los préstamos a cancelar y con las que conceden la financiación.

- La fórmula suele consistir en ampliar el préstamo hipotecario existente o bien concertar uno nuevo, y con los nuevos fondos obtenidos devolver anticipadamente los saldos pendientes del resto de préstamos (personales, procedentes del uso de tarjetas de crédito y, en el caso de un nuevo préstamo hipotecario, cancelar el anterior). Así se pasa a pagar una sola cuota, en lugar de varias como anteriormente.

- Al ser habitualmente los tipos de interés de los préstamos hipotecarios menores que los de los personales y los de los créditos en tarjeta y, además, que los préstamos hipotecarios suelen tienen una duración muy superior a la de los préstamos personales, la cuota a pagar podrá ser inferior a la suma de todas las anteriores, si bien el plazo durante el cual habrá que estar pagando también será superior.

- Debe de tenerse en cuenta que estas operaciones también tienen costes de tramitación y formalización. Así, la cancelación anticipada de los préstamos que van a ser sustituidos por uno nuevo habitualmente tendrán prevista en los contratos la aplicación de comisiones o penalizaciones por el pago anticipado y, en el caso de los que tengan garantía hipotecaria, además de dichas comisiones o penalizaciones, una serie de gastos (notariales, registrales, impuestos y si interviene una gestoría, los de ésta,). Por otro lado, la contratación de un nuevo préstamo hipotecario, conllevará gastos (los anteriores, más una nueva tasación) y comisiones.

En el apartado de este Portal referido a préstamos hipotecarios se indican con mayor detalle la naturaleza de estos préstamos, las informaciones previas que deben dar las entidades bancarias, así como las comisiones y gastos que pueden soportar, pudiendo también acceder a los folletos de tarifas de comisiones de las entidades para consular los importes máximos que tienen previsto percibir por los distintos conceptos.

- En el caso de que se acuda a una empresa no bancaria, el servicio de intermediación tendrá un coste que, normalmente, será a cargo del cliente, coste que habrá de sumarse a las comisiones que, tal y como antes se ha mencionado, pudieran percibir las entidades bancarias en las cancelaciones y formalizaciones de operaciones, así como los gastos (notariales, registrales, etc.) que pudieran tener.

- Por ello, a fin de una valoración adecuada de la operación, debe tenerse en cuenta no sólo la diferencia de tipos de interés entre los préstamos antiguos que se sustituyen y el nuevo, sino el plazo durante el cual se va a estar pagando y los gastos totales de la operación.

En todo caso es conveniente solicitar información detallada de todos los costes que conllevaría la operación solicitada.

- Para conocer si quien está realizando una oferta de reunificación de deudas es una entidad bancaria inscrita en los registros del Banco de España, desde aquí puede consultar la relación de las entidades inscritas en dichos Registros.

0 comentarios:

Design konnio.com