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martes, 12 de febrero de 2008

Prestamos Coche

A la hora de comprar un coche, las distintas opciones de financiación que nos ofrecen los concesionarios pueden marcar notables diferencias sobre las cantidades a pagar. En este artículo, trataremos de arrojar un poco de luz sobre este asunto.


Pago al contado
El pago al contado es el método más seguro para conseguir los mejores descuentos. Además supone menos papeleo que una financiación o un leasing y agiliza los trámites de compra. Con el pago al contado se consigue el mejor precio, ya que se evitan los gastos en concepto de comisiones e intereses. Lo que deberá valorar es la conveniencia o no para su economía de destinar dinero al contado en esta compra o en otras adquisiciones o inversiones que podrían darle intereses quizás mayores de lo que ahorrará pagando al contado su coche.

Pago a plazos
No disponer de la cantidad suficiente para el coche deseado no es motivo para tener que prescindir de él. Existen actualmente diversas formas de financiación adaptadas individualmente a sus necesidades y posibilidades financieras.


Financiación
La financiación tradicional cubre una parte del importe total del coche; raramente encontrará una entidad que le financie el 100% del valor a un particular. Así pues deberá abonar un pago a cuenta y el resto, que será el total financiado, se repartirá en el espacio de tiempo que usted haya configurado en 12 o también 14 pagos por año. Una vez haya hecho efectivo el pago de todos los plazos, se le entregará la documentación definitiva que la entidad de crédito guarda como garantía durante el periodo de pago.

Financiación mediante cuota final
Desde hace algún tiempo se ofrece también un nuevo modelo de financiación ligeramente diferente; funciona de manera muy similar, la diferencia en comparación con la financiación tradicional es que al final del plazo acordado vence también una cuota final reservada. En muchos casos se trata de una cuarta parte o de la mitad del precio de compra total. La ventaja es que las cuotas anteriores son bajas. Al final del periodo de los plazos existen tres posibilidades:

1. pagar la cuota final para adquirir el coche.
2. negociar una financiación final para pagar el coche con otras cuotas mensuales o
3. devolver el coche al compra-venta.

Leasing
Otra posibilidad es el leasing. Este es un contrato de alquiler en el cual las cuotas liquidadas sirven como pago a plazos. Al final del periodo acordado se puede comprar el coche por el precio residual. Sino hace efectivo este pago, el dueño del coche seguirá siendo la entidad que le concedió el Leasing. Este formato de financiación de coches es interesante para coches de empresas y muy raramente se concede a particulares, para quienes normalmente además es más favorable una financiación normal. Además el leasing se ofrece tan sólo para coches nuevos o de ocasión bastante nuevos como p.ej. coches de exposiciones.

Varios
Todas las posibilidades de pago a plazos tienen sus ventajas e inconvenientes, escoger la que mejor se adapte es, a veces, una cuestión de valoración de todas ellas. Financiar permite disponer del coche sin tener que reunir la totalidad del dinero para adquirirlo, y esto tiene por supuesto un coste de gastos financieros e intereses. El punto más importante a tener en cuenta es que si la financiación la conseguimos a través del mismo concesionario, probablemente este aspecto pesará como un criterio de negociación en su compra y por consiguiente en el posible descuento a aplicar.

Consejos para la financiación


Es aconsejable si Ud. desea financiar la compra de un coche el contratar una póliza de seguro por el importe de la deuda. Ésta cubre los pagos de los plazos en el caso de que Ud. no pueda atender los mismos por incapacidad laboral o similares.
Calcule bien, antes de firmar, su póliza de crédito, si puede atender las cargas mensuales adicionales.

Si en caso de dificultad financiera no pudiera atender sus plazos de pago, póngase en contacto con su banco. Infórmese sobre las diferentes posibilidades de cómo seguir pagando su coche. Si durante un largo periodo de tiempo Ud. no cumple con el pago de las mensualidades, su coche será confiscado por una empresa de cobros en nombre de la institución de crédito.

Pregunte en su banco sobre la posibilidad de un préstamo por la compra de un coche. Normalmente su banco no podrá competir con las condiciones de intereses reducidos con los bancos de préstamos automovilísticos, pero esta desventaja puede quizás ser compensada de forma que Ud. pueda aparecer como comprador al contado con mayor descuento.

Consejos Sobre Prestamos Rápidos y Creditos Express

El sector de los préstamos privados también da cobijo a un amplio número de pequeñas entidades privadas de crédito que se caracterizan por una publicidad agresiva y la rapidez en la tramitación de las peticiones, pero que a cambio cobran una comisión superior a la de las entidades tradicionales.

Estas financieras están especializadas en el segmento de microcréditos, préstamos cuyo importe no supera los 3.000 euros. Con un alto coste de financiación, su interés nominal se sitúa en torno al 20% anual, pudiendo alcanzar incluso un 22’9% y su T.A.E. es de hasta el 24’6%.

La concesión de un cómodo y rápido crédito al consumo puede esconder disparadas condiciones bajo la letra pequeña y, lo que se presenta como la gran oportunidad para hacer frente a un imprevisto, se convierte en un coste mayor de lo que se esperaba. Así, por un crédito de 3.000 euros, con un TAE del 24’6% , al cabo de 12 meses se habrán pagado 415 euros en concepto de intereses.

Así pues, las ventajas que ofrecen los créditos fáciles e inmediatos están más relacionadas con la comodidad, todas las gestiones se hacen por teléfono, que con los beneficios monetarios propiamente dichos.

Derechos del titular de un préstamo personal

Antes de que se celebre el contrato, la entidad financiera debe entregarle una oferta vinculante con las condiciones del préstamo, que se deben respetar durante un período mínimo de 10 días hábiles. Así podrá comparar ofertas.
Si su préstamo está vinculado a la compra de un producto, y devuelve el producto, el contrato se anula sin ningún coste.

Tiene derecho a ser informado del importe de las cuotas periódicas en una tabla de amortización.

En préstamos vinculados a compras realizadas en un comercio, puede realizar la operación con la entidad que desee, sin necesidad de contratar la que le sugiera el establecimiento.

En caso de aceptar la oferta de la entidad financiera, tiene derecho a examinar la póliza antes de su firma y conviene hacerlo detenidamente, prestando especial atención a las condiciones de tipo de interés, gastos y comisiones, garantías y plazo.

Consejos


Antes de solicitar un préstamo, analice su historial personal de crédito. Si sus ingresos económicos han sido irregulares o los números rojos son habituales en su libreta, será más complicado que se lo concedan.

Valore objetivamente su capacidad de endeudamiento y sea realista respecto al nivel de consumo que se puede permitir.

Establezca un plazo de amortización acorde con sus posibilidades. Tenga en cuenta que, si bien a mayor plazo la cuota mensual a pagar es menor, a la larga se pagan más intereses. A menor plazo ocurre lo contrario.

Para afrontar pagos de pequeña consideración, busque otras opciones que tengan intereses más bajos que los aplicados a los préstamos personales.

Analice en profundidad la publicidad de las entidades financieras. No se fije sólo en el reclamo publicitario y pida toda la información que necesite. En cualquier caso, sepa que las entidades están obligadas a respetar las condiciones contractuales ofertadas en su publicidad.

Compare el mismo producto en varias entidades. La mejor referencia para comparar las distintas ofertas es examinar el T.A.E. del producto, pues expresa el coste real del préstamo (incluye interés nominal, comisiones, seguro...). En todo caso, infórmese sobre las comisiones y gastos a pagar.

Cuando estudie varias ofertas no olvide solicitar una simulación que contemple el cuadro de amortización completo del préstamo. Este cuadro le permitirá realizar las comparaciones oportunas.

No dude en negociar tanto el tipo de interés como todas y cada una de las comisiones que le trate de repercutir la entidad de crédito.

Compruebe que en el contrato constan los siguientes puntos:
1. La indicación del T.A.E. Si no se incluye, su obligación se reducirá a abonar el interés legal en los plazos convenidos.
2. Una relación del importe, el número y la periodicidad de las fechas de pago que debe usted realizar para el reembolso del crédito. Si no se especifican, su obligación se reducirá a pagar el precio al contado o el nominal del crédito en los plazos convenidos.
3. La relación de elementos que componen el coste total del crédito, debiendo expresarse la necesidad de suscribir, en su caso, un seguro de amortización del crédito por fallecimiento, invalidez, enfermedad o desempleo del titular. Si no se hace constar, no le podrán exigir el abono de gastos no citados en el contrato, ni la constitución o renovación de garantía alguna.

Solicite -y guarde- una copia del contrato y de todos los recibos o documentos relacionados con el préstamo.
Verifique que en los recibos del préstamo se aplican las condiciones pactadas en el contrato, y si tiene cualquier duda o está disconforme con el cargo de una cuota, diríjase a la sucursal para resolver el problema.
Las entidades suelen exigir la intervención de fedatario público a la hora de suscribir créditos al consumo y préstamos personales en general, y ello es así al objeto de dotar a dichos contratos de la acción ejecutiva en caso de impago del prestatario. Habitualmente este gasto corre a cuenta del cliente, pero no tiene porque ser así. Negocie quién asume el coste del notario.

COMISIONES, INTERESES Y AMORTIZACIONES - LOS SERVICIOS QUE COBRA LA BANCA

El coste de los préstamos no se mide sólo por el importe mensual, trimestral o anual del recibo, sino por la totalidad de lo que se pagará desde que se contrata hasta que se termina de pagar.

Si el préstamo se concierta a interés variable, deberá expresarse de forma clara un índice objetivo de referencia, con el procedimiento a seguir para modificarlo en los plazos que se establezcan y los derechos de las partes. En cada modificación, el prestamista deberá notificar con antelación suficiente el nuevo tipo a aplicar y el cálculo efectuado para hallar el importe de cada plazo.

Existirán unos gastos iniciales de apertura, documentación (notario o corredor de comercio), registro, impuesto sobre actos jurídicos (si se trata de un crédito hipotecario)..., y unos finales de cancelación. Sin olvidar el tipo de interés aplicado, ya que no es lo mismo pagar una misma cantidad durante 48 meses que durante 54.

Los aranceles de notarios y registradores están fijados por Real Decreto. Están especialmente reducidos los aranceles cuando el préstamo hipotecario se concede para la adquisición de vivienda de protección oficial. Sin embargo, las facturas de todos los notarios no son iguales en relación a las mismas actuaciones, sea porque llenan más hojas para la misma escritura -cada hoja tiene su coste- o porque no se ajustan a lo dispuesto en el Real Decreto. En consecuencia, es conveniente pedir presupuesto por adelantado y elegir el notario más económico.

INTERESES

Todo préstamo implica el abono de la cantidad prestada, más los intereses correspondientes.
El cliente podrá optar por un interés fijo o variable. Aunque la posibilidad de subidas de los tipos de interés parece aconsejar los préstamos a interés fijo, hay que tener en cuenta que éste se establece bastante por encima del índice vigente en el momento, por lo que tendrían que subir muchísimo para hacer más o­nerosos los variables.

La política de las autoridades monetarias tiende a evitar una subida considerable; en cualquier caso, cuando más intereses se pagan es en los primeros años, por lo que, aunque suban al cabo de varios años de haber contratado el préstamo, sigue siendo más económico el interés variable.

Por mucho que intenten convencernos de lo contrario en bancos y cajas, el índice más bajo (de momento) es el EURÍBOR. Por lo tanto, hay que tratar que el préstamo esté referenciado a éste, con un diferencial lo más reducido posible. Si ofrecen otro índice (IRPH, CECA) se debe comprobar que el tipo vigente mas el diferencial que pretenden aplicar es equivalente al EURÍBOR vigente más el diferencial correspondiente. (Así, un IRPH + 0,25 será más caro que un Euríbor + 0,75).

Se pueden consultar los Tipos de interés legales, EURIBOR, MIBOR y otros tipos oficiales de referencia del mercado hipotecario en la web del Banco de España.

OTRAS COMISIONES

Existen otras comisiones, aparte de la de apertura, tales como la comisión de estudio para la concesión de préstamos personales. Puede existir también una comisión de gestión para los préstamos hipotecarios. Retribuye las gestiones de llevar las copias correspondientes de la escritura al Registro de la Propiedad y demás actuaciones.

Existen otros gastos que no se derivan directamente del préstamo, sino de otros contratos relacionados con el mismo, que nos veremos obligados a suscribir. En primer lugar, un seguro de incendios, incluso de daños en general, que cubra el inmueble que se hipoteca para garantizar el préstamo. También puede ocurrir que el banco exija para cerrar la operación, que se suscriba un seguro de vida, sobre todo cuando el prestatario ya tiene una cierta edad o se fije un plazo largo en el que llegará a esa edad. Esas circunstancias determinan que la prima a pagar por el seguro subirá bastante, haciendo mucho más onerosa la operación.

Otro factor a tener en cuenta es si el banco obliga a abrir una cuenta, el coste de la misma.

El Servicio de Reclamaciones del Banco de España ha manifestado en numerosas ocasiones que no se pueden cobrar comisiones por servicios no solicitados; si es el banco el que obliga a abrir una cuenta para tramitar a través de ella los recibos del préstamo, no podrá cobrar comisiones de administración, gestión o mantenimiento, al menos si no se hace otro uso de ella. Aún así, muchas entidades siguen cargando dichas comisiones, lo que obligaría a efectuar las correspondientes reclamaciones.

Tipos de Préstamos Personales

Los préstamos personales se pueden clasificar en dos grupos en función de su del tiempo en que se tarda en obtener el dinero y las garantías que exija la entidad para garantizar el cobro del préstamo. También se pueden distinguir distintos tipos de préstamos teniendo en cuenta el tipo de interés que se les aplica que puede ser fijo, variable y mixto.





CRÉDITO CONSUMO O PRESTAMO PERSONAL
Capital financiado: 3.000 euros
Plazo de amortización: 1 año
T.A.E*: Entre 7’06% y 10’04%
Cuota mensual: Entre 260 y 264 euros
Intereses totales a pagar: Entre 116 euros y 172 euros
Capital financiado: 12.000 euros
Plazo de amortización: 5 años
T.A.E: Entre 7’06% y 10’04%
Cuota mensual: Entre 238 euros y 252 euros
Intereses totales a pagar: Entre 2.277 y 3.312 euros
*T.A.E.: Tasa Anual Equivalente. Incluye todos los gastos que se van a pagar por el préstamo (interés nominal, comisiones de estudio y apertura, seguro de vida, etc.).



A tener en cuenta: Algunas entidades bancarias ofrecen un solo tipo de crédito, independientemente del uso que se dará a la cantidad solicitada, y no disponen de créditos para estudios, la compra del coche o reformas. El interés aplicado en cada caso dependerá, pues, de la persona que pida el préstamo y de su historial bancario.

CREDITO O PRESTAMO COCHE
Capital financiado: 12.000 euros
Plazo de amortización: 5 años
T.A.E: Entre 8’06 y 9’84%
Cuota mensual: Entre 244 euros y 254 euros
Intereses totales a pagar: Entre 2.620 euros y 3.241 euros


A tener en cuenta: Infórmese, además de en el banco o caja de ahorros, en el concesionario donde vaya adquirir el vehículo. En ocasiones están vinculados a empresas financieras que ofrecen a sus clientes créditos con un tipo de interés más ventajoso que el de algunas entidades bancarias. Una de las ventajas de abonar el coche mediante la financiera del concesionario es que si posteriormente se desea solicitar un nuevo crédito personal en el banco, será más fácil que nos lo concedan, al no tener abierto otro expediente crediticio. Un consejo: tómese siempre la molestia de comparar y negocie tanto con la financiera del concesionario como con la entidad bancaria, no se conforme nunca con la primera oferta que le hagan.

CREDITO ESTUDIOS
Capital financiado: 3.000 euros
Plazo de amortización: 1 año
T.A.E: Entre 5’11% y 6’69%
Cuota mensual: Entre 257 y 260 euros
Intereses totales a pagar: Entre 84 y 110 euros


A tener en cuenta: Los créditos para estudios (dirigidos a jóvenes, para financiar el pago de matrículas de carreras universitarias, masters, doctorados, cursos de idiomas…) pueden tener un plazo de carencia de hasta dos años. Es decir, si se pide un crédito con una carencia de dos años, no se comenzará a pagar la cantidad solicitada (llamada principal) hasta pasado ese tiempo, aunque los intereses no tienen plazo de carencia y se devuelven desde el momento en que se firma el contrato. En ocasiones el propio centro de estudios se encarga de negociar con diversas entidades financieras las condiciones más ventajosas para sus alumnos, que pueden ser más interesantes que las que consiga un único estudiante si acude por su cuenta. No obstante, el alumno no está obligado a aceptar la financiera que el centro de estudios le proponga.

OTRAS OPCIONES DE CRÉDITO
Para que prestar poco dinero a corto plazo sea rentable, las entidades financieras aplican intereses bastante elevados a sus créditos personales. Por ello, conviene sopesar detenidamente la conveniencia de solicitar un préstamo personal, pues hay opciones menos gravosas para financiar gastos extra y que además nos evitarán el papeleo inherente a la solicitud de un crédito.



Las tarjetas permiten realizar compras y diferir el pago (si optamos por la modalidad de pago aplazado) o disponer de efectivo. En este último caso, el interés mensual se sitúa entre el 2% y el 4%, en función de si el efectivo se obtiene en la propia red o en otra distinta. No obstante, hay que tener cuidado, ya que los intereses se duplican ante el impago, de tal forma que al aplazar el pago se puede llegar a superar la tasa anual del 26%. Y no está de más recordar que las tarjetas de crédito son más interesantes para diferir pagos que para realizar disposiciones en efectivo.



Grandes almacenes, hipermercados, agencias de viajes y otros establecimientos ofrecen a menudo a sus clientes la posibilidad de aplazar el pago de sus compras, en muchos casos sin intereses, para comenzar a pagar más tarde. También permiten abonar las compras a plazos, normalmente sin intereses si el pago se realiza en tres o menos cuotas. Pero cuando se sobrepasan las tres mensualidades, el TAE de algunos establecimientos supera, en algunos casos con creces, el de bancos y cajas de ahorro. En cuanto al modo de realizar el aplazamiento del pago o la financiación, se pueden solicitar mediante las tarjetas de compra propias de cada establecimiento -cada vez más habituales- o utilizando como medio de pago cualquier tarjeta de crédito bancaria adherida a dicho establecimiento.

EL CONTRATO DE PRESTAMO

El prestamista tiene, en principio, una única obligación: la entrega del capital que presta. Si bien existe, en la práctica, otra complementaria, que es la gestión de ese préstamo, contabilizando la cuenta corriente de los ingresos que se hagan, liquidando intereses o comisiones pactadas, domiciliando recibos, notificando al prestatario los movimientos de cuenta, etc.

El prestatario, beneficiario del préstamo, tiene la obligación de devolver la cantidad prestada, con sus intereses, en los plazos que se establezcan. No obstante, la entidad financiera, se ve en la obligación de reducir sus riesgos al mínimo. De ahí que el solicitante esté obligado a informar de su situación económica, montante de sus ingresos, si están o no asegurados, si dispone de propiedades, avales o si tiene otros préstamos o deudas.

Todos los préstamos que conceden las entidades financieras se registran en el Banco de España y, habitualmente, se consultará este registro antes de conceder un nuevo préstamo. Este registro es el famoso CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España). En este punto, una advertencia importante: antes de realizar esta consulta, deberá solicitarse autorización por escrito al interesado, trámite que a veces se omite, y que puede dar lugar a la imposición de una multa a la entidad.

Cuando se produce el impago de alguna letra o recibo de un préstamo, el acreedor lo anota inmediatamente en la base de morosos que corresponda (ASNEF y RAI), que también se consultan habitualmente. De este modo, y de forma general, no se concederá ningún préstamo a quién ya haya impagado algún recibo. Existen excepciones en las que la entidad contempla la refinanciación de préstamos ya vencidos e impagados. En ese caso, se exigen garantías más elevadas y los intereses y comisiones son más altos que los ordinarios.

En general, no se concederá un préstamo a quien no tenga unos ingresos claramente superiores al salario mínimo interprofesional, dado que éste es inembargable y, por lo tanto, en caso de impago el prestamista no podría ejecutar su préstamo.

En todo caso, el banco puede solicitar garantías de que se le devolverá su préstamo. Si los ingresos del solicitante son suficientemente altos y seguros -pensionistas, funcionarios...-, probablemente no se exija ninguna garantía adicional, salvo que la cantidad a prestar sea elevada.

Cuando se estime que los ingresos del solicitante no alcancen un nivel suficiente, la cantidad a prestar sea alta, el solicitante tenga más de cierta edad o ya existan otros préstamos, la entidad solicitará mayores garantías para reducir el riesgo de impago. Normalmente se realiza mediante la figura del aval, es decir, una segunda persona que asumiría el pago en caso de no hacerlo el titular del préstamo.

Por muchas garantías que se establezcan, siempre subsiste el riesgo de que llegue el momento en que no se pague algún recibo. El banco, entonces, ha de acudir a un proceso judicial en el que se embarguen sueldos, inmuebles, valores... Ello origina a la entidad un descubierto durante un periodo más o menos largo de tiempo, del que, seguramente, acabará resarciéndose con creces -intereses de demoras, costas judiciales, comisiones de descubierto..-. pero que mientras subsiste, le causa un perjuicio en la presentación de sus cuentas y tendrá que depositar una cierta cantidad en el Banco de España.

lunes, 11 de febrero de 2008

Impagos

En los créditos con garantía personal, el cliente responde del cumplimiento de sus obligaciones (devolución del importe prestado, pago de intereses y comisiones bancarias pactados) con todos sus bienes, presentes y futuros. Por ello, es práctica habitual que la entidad de crédito acreedora, antes de conceder el crédito, solicite al cliente justificantes de sus ingresos (nóminas, rentas por alquiler...), un inventario de sus bienes o una declaración jurada de su patrimonio y realice comprobaciones sobre la existencia y situación del mismo.

Si el cliente se retrasase en los pagos periódicos (intereses, comisiones bancarias) o en la devolución del importe dispuesto con relación a las fechas pactadas, tendrá que abonar a la entidad acreedora unos intereses adicionales conocidos como “intereses de demora”. El tipo del interés de demora suele ser muy superior al tipo de interés ordinario del crédito. La forma de cálculo de los intereses de demora figuran en el documento del contrato.

Además, las entidades suelen cobrar una “comisión por reclamación” de importes impagados al reclamar al cliente sus pagos retrasados. El importe de esta comisión estará recogido en el documento contractual.

Si el retraso o impago se prolongase en el tiempo y la entidad no encontrase una solución a esta situación con el cliente, ésta puede intentar recuperar la deuda pendiente embargando bienes y derechos propiedad del cliente, siguiendo el procedimiento legalmente establecido (Ley de Enjuiciamiento Civil).

Si el crédito cuenta con la garantía adicional de uno o varios avalistas (“claúsula de fianza”) y el cliente acreditado impaga, la entidad podrá dirigirse directamente contra el/los avalista/s para el cobro de los pagos pendientes. Cada uno de los avalistas responde de forma solidaria de todas las obligaciones pendientes del cliente deudor en caso de impago (salvo beneficio de “excusión” y “división”).

En el supuesto de créditos concedidos para financiar un producto o servicio, de manera que exista un acuerdo previo en exclusiva entre el proveedor de los bienes o servicios y la entidad de crédito, el cliente podrá ejercitar frente a la entidad prestamista los mismos derechos que tuviera frente al proveedor de los bienes o servicios. (Artículo 15 de la Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo).

Documentación Requerida

Para realizar los trámites recogidos en el apartado Criterios de concesión y conocer la efectiva capacidad de endeudamiento de un solicitante, las entidades necesitan la información pertinente para la justificación de ingresos y determinación de la solvencia.

La documentación que se requiere habitualmente es la siguiente:


Documento naciona de identidad DNI o tarjeta de residencia.
Última declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
Su nómina o justificante de ingresos.
Contrato proforma del bien o servicio que desea adquirir (coche, reforma, electrodoméstico...).
Puede ser necesaria la declaración de bienes.
Información sobre otros créditos, en caso de tenerlos (p.ej. últimos recibos) En los casos en los que aparezca la figura del avalista, éste también tendrá que presentar la información necesaria para justificar sus ingresos.

Qué es la capacidad de endeudamiento

En el momento de solicitar un préstamo, una de las primeras preguntas que deben hacerse es la capacidad de pago mensual, lo que permitirá saber el endeudamiento en que se puede incurrir. La idea central es que usted adquiera una deuda que no perjudique en el futuro su economía.

Para realizar el cálculo de su capacidad de endeudamiento, es necesario que tenga en cuenta sus ingresos y gastos fijos a soportar cada mes; de esta forma, estimará sus ingresos netos mensuales, siendo recomendable no endeudarse con una cuota mensual superior al 35% de los mismos.

La cuota mensual del crédito no debe superar el 35% de tus ingresos netos.

En el caso de que vayas a hacer frente a los pagos junto a más personas, tendrás que calcular los ingresos de todos para que el calculo sea efectivo. Una forma de calcular la cuota mensual de endeudamiento es mediante simuladores online de capacidad de endeudamemiento.

La capacidad de endeudamiento nos va permitir calcular la cantidad máxima que vamos a poder solicitar en una operación en la que actuemos como prestatarios.

Cuales son los creiterios de concesión de un crédito

La condición básica para que una Entidad conceda un préstamo es que tenga la convicción de que, en condiciones normales, la operación será reembolsada sin incidencias de acuerdo con las condiciones pactadas.

Para llegar al convencimiento de recobro, la Entidad analiza los siguientes aspectos:


Ingresos periódicos del cliente


Su situación financiera y patrimonial actual


Tienes además derecho a ser informado del importe de las cuotas periódicas en una tabla de amortización.


Previsible estabilidad en la percepción de las rentas.


Historial del solicitante en su relación con la Entidad y en otras operaciones anteriores de crédito.

Además, la Entidad debe cubrir las posibles contingencias que puedan surgir durante la vigencia de la operación, para lo que puede proponer varias opciones:


Ingresos periódicos del cliente


Avales personales que respondan con carácter complementario al titular del préstamo. Son los llamados fiadores o avalistas.


Cobertura de un seguro de amortización del préstamo, ya sea por fallecimiento, invalidez, enfermedad, desempleo o cualquier otra causa que implique dificultades en el pago del préstamo.


Domiciliación de la nómina, que aumenta la confianza en la estabilidad de los ingresos.

Reunificar los préstamos personales

Un préstamo es una operación en la que una entidad financiera cede una cantidad de dinero a un prestatario o cliente que se obliga a devolver el importe en un plazo y a un tipo de interés pactados.

Comprar un vehículo, hacer una obra en casa, comprar electrodomésticos, actualizar el équipo informático, disfrutar de sus vacaciones o financiar los estudios de sus hijos son gastos y adquisiciones de consumo que pueden requerir un préstamo personal.

Los Préstamos Personales se conocen normalmente como préstamos al consumo ya que facilitan la compra y/o inversión en el momento de producirse esa necesidad o deseo de compra, sin que tengas que esperar a ahorrar el dinero necesario para adquirirlos.

Los Préstamos Personales requieren la garantía personal del prestatario y, normalmente, de uno o varios avalistas, y se suelen someter a verificación de fedatario público. La garantía asociada a este producto permite adoptar plazos de varios años y cuantías suficientes como para financiar compras de importes elevados. En consecuencia, es el producto financiero adecuado para las finalidades mencionadas al comienzo del apartado.

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